Estructura Orgánica
Estructura Orgánica Jurisdiccional Ponencias
Secretario(a) de Acuerdos: Persona encargada dar cuenta con los escritos y diligencias, autorizar las resoluciones o actuaciones en las que intervenga y redactar las diligencias que se practiquen y los acuerdos que se pronuncien.
Artículo 30 Bis, inciso D) de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Secretario(a) Proyectista: Persona encargada de formular los proyectos de resolución que les encomiende la magistrada o magistrado ponente.
Artículo 30 Bis, inciso E) de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Notificador(a): Persona encargada de hacer notificaciones que se ordenen y practicar diligencias que se les encomienden.
Artículo 30 Bis Quater de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.
Auxiliar: Persona encargada de capturar documentos, custodiar los que se les entreguen, entregar los antecedentes de los asuntos que les sean requeridos por las personas secretarias, formar, foliar, y entresellar las piezas de autos y las demás que le asigne su superior jerárquico.
Artículo 30 Bis Quinquies de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla.

Estructura Orgánica Jurisdiccional Pleno
Oficialía Mayor: Área encargada de recibir todos los escritos, oficios y comunicaciones dirigidas a la Sala Constitucional.
Artículo 30 Sexies de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla
Secretaría de Plenos: Persona encargada de asistir a las sesiones del pleno, redactar las actas correspondientes, dar fe de su contenido, despachar los asuntos que en aquéllas se acuerden, tramitar todos los asuntos de competencia del Pleno, autentica y certificar con su firma los documentos de correspondencia oficial, acordar la orden del día con el Presidente y engrosar las resoluciones o sentencias.
Artículo 30 Bis, inciso A) de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla
Notificador(a): Persona encargada de hacer las notificaciones que se ordenen y practicar las diligencias que se les encomienden.
Artículo 30 Quater de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Puebla
